Intimidad
La intimidad es un derecho protegido para todas las personas (artículo 18 Constitución española).
Se define como la zona espiritual y reservada que hace referencia a lo más privado del ser humano, a lo que cada persona guarda para sí o, por extensión, para su círculo de personas de mayor confianza. Lo íntimo incluye sentimientos, creencias, formas de pensar, informaciones sobre la salud, la sexualidad, las relaciones interpersonales, etc.
En las relaciones asistenciales la protección de la intimidad incluye fundamentalmente:
Confidencialidad
Es tanto el derecho de la persona usuaria como el deber de los profesionales de mantener reservada y no revelar la información personal que conocen y se les ha confiado.
Se permite reproducir y utilizar estos contenidos siempre que se realice la correspondiente citación de la autoría (Teresa Martínez, 2013. En: www.acpgerontologia.com).